Cabildo General de Elecciones |
De orden del Sr. Hermano Mayor, por acuerdo de Cabildo de Oficiales, habiendo recibido autorización de la Delegación Diocesana para Hermandades y Cofradías de la Archidiócesis de Sevilla, cumplidos los trámites previstos en tiempo y forma, y en cumplimiento de nuestra Regla 80 del Título V, se cita por la presente, con la obligación de concurrir (Regla 86, Título V) a todos los hermanos que, cumplidos los dieciocho años de edad y con un año de antigüedad al día que se señala al Cabildo General de Elecciones que